CONTRIBUYENTES YA PUEDEN ENVIAR SU ANEXO DE GASTOS PERSONALES AL SRI

En febrero de 2022 los contribuyentes cuyos gastos personales deducibles superaron el 50% de la fracción básica desgravada del Impuesto a la Renta de personas naturales (USD 5.606) deben presentar el Anexo de Gastos Personales del año 2021.

Este anexo se genera por internet en el portal SRI en línea de www.sri.gob.ec, en la opción Anexos / Anexo de gastos personales en línea / Generación de anexo y se lo presenta de acuerdo al noveno dígito de la cédula o RUC según el siguiente calendario:

Las fechas de este calendario ya consideran los traslados respectivos cuando la fecha de vencimiento original coincide con días de descanso obligatorio o feriados. 

Los gastos personales deben estar sustentados en comprobantes de venta debidamente autorizados y vigentes; el valor que se utilizará como deducible es el subtotal, es decir, el monto sin Impuesto al Valor Agregado (IVA) ni Impuesto a los Consumos Especiales (ICE). Dichos comprobantes podrán estar a nombre del contribuyente o de sus dependientes.

La deducción de gastos personales aplica únicamente para las personas naturales con ingresos netos inferiores a USD 100.000 (el ingreso neto se obtiene de la diferencia entre el total de ingresos gravados menos el total de gastos deducibles y rebajas para personas de tercera edad o con discapacidad).

El SRI hace un llamado a los contribuyentes a no esperar la fecha de vencimiento para cumplir con esta obligación.

 

FUENTE:

  • Servicio de Rentas Internas

 

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