Multas por no emitir comprobantes de venta

La resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000022, publicada el 10 de junio de 2024 en el Suplemento del Registro Oficial No. 575, establece las normas para la aplicación de sanciones desde una hasta treinta remuneraciones básicas unificadas por la no entrega de comprobantes de venta y la no trasmisión de comprobantes de venta electrónicos al SRI. Las sanciones dependen de las características del contribuyente infractor y de la infracción cometida.

En el caso de los establecimientos que comercializan combustibles, el incumplimiento de esta obligación generó multas o penalizaciones económicas de hasta 10 remuneraciones básicas unificadas (RBU) del trabajador en general.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) sancionó con multas a gasolineras que no entregaron comprobantes de venta o no cumplieron con la transmisión de comprobantes electrónicos a la Administración Tributaria.

Esta sanción es el resultado de un proceso de control ejecutado por los Fedatarios Fiscales del SRI durante julio en Guayaquil, San Jacinto de Yaguachi, Zamora, Yantzaza e Ibarra. El 17% de establecimientos controlados no cumplió con la entrega de comprobantes de venta o con la transmisión, mientras que el 83% restante sí cumplieron con sus deberes formales y obligaciones tributarias.

 

FUENTE:

  • Servicio de Rentas Internas

 

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