NORMAS PARA LA DECLARACIÓN Y PAGO DE LAS CONTRIBUCIONES TEMPORALES
Establecer normas para la declaración y pago de las Contribuciones Temporales para el Impulso Económico y Sostenibilidad Fiscal Post COVID-19, establecidas en el Libro I de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19
La resolución tiene por objeto establecer las normas para la declaración y pago de las Contribuciones Temporales para el Impulso Económico y Sostenibilidad Fiscal Post COVID-19, prevista para personas naturales y sociedades, en el Libro I de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19 publicada en el Tercer Suplemento del Registro Oficial No. 587, de 29 de noviembre de 2021.
Aprobación de formularios.
Se aprueba el Formulario 126, denominado “Formulario Declaración y Pago para Contribuciones Temporales y para Régimen Impositivo Voluntario”, mediante el cual se deberá efectuar la liquidación y pago de las Contribuciones Temporales para el Impulso Económico y Sostenibilidad Fiscal Post COVID-19. Para el efecto, la Administración Tributaria pondrá a disposición de los sujetos pasivos, en su portal web institucional (www.sri.gob.ec), el formato del formulario y su instructivo.
Ámbito de aplicación
Las Contribuciones Temporales para el Impulso Económico Post Covid-19, tienen carácter anual y consisten, para las personas naturales, en una obligación tributaria a declararse y pagarse en el ejercicio fiscal 2022; y, para las sociedades, en dos obligaciones tributarias a declararse y pagarse en los ejercicios fiscales 2022 y 2023.
Para el efecto, los contribuyentes deberán considerar los criterios de valoración, exclusiones, deducciones, límites y demás condiciones previstas en la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal Tras la Pandemia Covid-19 y su reglamento de aplicación.
Plazos para declaración y pago
El plazo para declarar y pagar la Contribución Temporal para el Impulso Económico Post Covid-19, será desde el 01 de enero hasta el 31 de marzo de cada año, según corresponda.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Para el ejercicio fiscal 2022, el plazo para declarar y pagar la Contribución Única y Temporal será desde el 28 de marzo hasta al 31 de marzo de 2022.
Las sociedades canceladas entre el 29 de noviembre del 2021 y el 31 de marzo de 2022, deberán declarar y pagar la Contribución Única y Temporal del ejercicio fiscal 2022 y 2023 de manera anticipada, dentro de los plazos previstos en el inciso anterior.
FUENTE
- Servicio de Rentas Internas