Reforma tributaria: el primer decreto ley de Guillermo Lasso tras disolver la Asamblea Nacional
El presidente de la República, Guillermo Lasso, anunció que el primer decreto ley firmado tras aplicar la muerte cruzada es la reforma tributaria para reducir impuestos. La misma propuesta que entregó a la Asamblea Nacional el pasado jueves 11 de mayo de 2023 y que establece bajar el impuesto a la renta a las personas naturales y a los negocios populares.
“He firmado el primer decreto ley de urgencia económica para reducir impuestos, fortalecer la economía de 460.000 familias ecuatorianas y que significará que cerca de $ 200 millones regresen a sus hogares”, indicó el mandatario en su mensaje a la nación.
En cuanto a la reducción del impuesto a la renta, se beneficiará el 99% de contribuyentes que lo pagan, que tendrán una disminución promedio en su impuesto a la renta anual de USD 558. Este cambio se aplicará de forma inmediata a partir de este mismo año 2023 toda vez que representan un beneficio para los contribuyentes.
El nuevo esquema aumenta el límite de gastos personales deducibles hasta USD 15.294 al año e incorpora los gastos de los contribuyentes en sus mascotas. Con la propuesta, el máximo de gastos personales se definirá según el número de cargas familiares del contribuyente y otorgará una rebaja directa al impuesto causado equivalente al 18% del gasto declarado de acuerdo a la siguiente tabla:
Se considera cargas familiares a las siguientes: hijos hasta 21 años, padres que dependan económicamente del contribuyente, parejas o cónyuges que no tengan actividad económica ni ingresos económicos, y los hijos, parejas o cónyuges con enfermedades catastróficas.
Otras reformas
Con respecto al RIMPE, se simplifica, se reduce el impuesto y se lo hace más progresivo para los negocios populares. Además, con el fin de formalizar a más contribuyentes se incluye al servicio de taxis dentro de este régimen, lo que les otorgará más facilidades para el cumplimiento tributario.
Además, los bienes y servicios prestados por negocios populares estarán gravados con tarifa 0% de IVA, que los libera de la declaración y pago de dicho impuesto. Asimismo, se amplía el plazo para las declaraciones del impuesto a la renta del RIMPE hasta junio de cada año y se excluyen de este régimen a los artesanos.
Por otro lado, se crea el Impuesto a la Renta Único (15%) a los Operadores de Pronósticos Deportivos realizados a través de internet y otros medios. Y se elimina la exoneración del IVA a los espectáculos públicos.
El decreto 742 sobre impuestos fue enviado a la Corte Constitucional para su pronunciamiento y luego de ello entrará en vigencia.
FUENTE:
- Servicio de Rentas Internas
- Diario El Universo