Circular para sujetos pasivos que ingresen trámites de devolución de impuestos por concepto de pago indebido o en exceso
El artículo 173 de la Constitución de la República del Ecuador señala que los actos administrativos de cualquier autoridad del Estado podrán ser impugnados, tanto en la vía administrativa como ante los correspondientes órganos de la Función Judicial. El artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador…
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