Cupo anual de exención del impuesto a los consumos especiales ICE para bebidas alcohólicas

El Servicio de Rentas Internas mediante Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000047 establece el cupo anual de exención del impuesto a los consumos especiales ICE para bebidas alcohólicas, incluida la cerveza, para el ejercicio fiscal 2025, sujeto a la participación de las compras de ingredientes nacionales respecto de las compras totales para la elaboración de bebidas alcohólicas, incluidas importaciones, de forma progresiva hasta un máximo de 5% (cinco por ciento), de conformidad con la siguiente tabla:

El cupo anual de exención, será aplicable únicamente para nuevas marcas de bebidas alcohólicas, incluida la cerveza, que se establezcan en el mercado.

Para el efecto, se entenderá como nueva marca a aquella que cumpla los requisitos previstos en el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, en lo que respecta a la aplicación de la rebaja en la tarifa específica del ICE en bebidas alcohólicas y cervezas.

 

Fuente:

– Servicio de Rentas Internas

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