EL SRI IMPLEMENTA CAMBIOS IMPORTANTES EN LA DECLARACIÓN DEL FORMULARIO 103 DE RETENCIONES EN LA FUENTE
El Servicio de Rentas Internas ha anunciado una actualización significativa en el proceso de presentación de la Declaración de Retenciones en la Fuente (Formulario 103), la cual estará vigente desde el 1 de septiembre de 2025.
Estas modificaciones tienen como finalidad:
- Optimizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
- Mejorar la precisión de la información contable reportada.
- Reforzar los mecanismos de control sobre las retenciones en la fuente.
Los cambios efectuados son los siguiente:
Pago inmediato de la declaración: El valor para pagar generado en el Formulario 103 deberá cancelarse el mismo día en que se emita la declaración. En caso de no realizar el pago en ese plazo, será necesario presentar una nueva declaración, la cual incluirá las multas e intereses correspondientes para el contribuyente.
Plazo para corrección de inconsistencias: El Servicio de Rentas Internas permitirá realizar ajustes o corregir inconsistencias únicamente hasta el día 7 del mes siguiente a la emisión del comprobante electrónico. Una vez vencido este plazo, la información no podrá ser cambiada, por lo que es esencial verificar cuidadosamente los datos desde la entrega del documento.
Carga automática de comprobantes electrónicos: El Servicio de Rentas Internas cargará de manera automática la información fiscal correspondiente a los comprobantes electrónicos. De esta forma, ya no será necesario ingresar estos datos manualmente, lo que permitirá reducir significativamente los errores que antes se presentaban en este proceso.
Control obligatorio antes de emitir retenciones: El Servicio de Rentas Internas ha incorporado un proceso de verificación previo a la emisión de los comprobantes electrónicos de retención. Este procedimiento consiste en revisar los códigos y porcentajes de retención aplicables en cada caso. Con esta medida se busca prevenir errores y evitar futuros inconvenientes tributarios.
Irreversibilidad de la información presentada: Una vez generada y presentada la declaración, la información registrada quedará bloqueada y no podrá ser modificada. Por ello, es fundamental revisar cuidadosamente cada dato antes de confirmar el envío, ya que no se admitirán cambios posteriores.
Dado que estos cambios vuelven más estrictos los procesos y reducen el margen de corrección, es fundamental revisar cuidadosamente la información antes de emitir comprobantes o presentar la declaración. También se recomienda mantener los registros actualizados y contar con apoyo tributario oportuno.
Nuestro equipo está disponible para asesorarle y garantizar el cumplimiento adecuado de estas nuevas disposiciones, evitando sanciones y optimizando su gestión tributaria.
Cita bibliográfica
- Servicio de Rentas Internas. (2025, 27 junio). Resolución Nro. NAC-DGERCGC25-00000014: Establecer las normas para la anulación de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios emitidos en modalidad electrónica. Secretaría de Renta Interna
- Servicio de Rentas Internas. (2025, 29 julio). Resolución Nro. NAC-DGERCGC25-00000017: Reformar la Resolución NAC-DGERCGC25-00000014. Secretaría de Renta Interna+1
- Servicio de Rentas Internas. (2025, 7 agosto). Resolución Nro. NAC-DGERCGC25-00000018.