Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas (IRBP)
¿Qué es?
Con la finalidad de disminuir la contaminación ambiental y estimular el proceso de reciclaje se establece el Impuesto Ambiental a las Botellas Plásticas no Retornables (IRBP).
El IRBP se genera por embotellar las bebidas alcohólicas, no alcohólicas, gaseosas, no gaseosas y de agua, en botellas plásticas no retornables (material polietileno tereftalato – PET). Se genera también el impuesto en el caso de bebidas importadas, al momento de su desaduanización. Sin embargo, no se genera en el embotellamiento de productos lácteos y medicamentos en botellas de plástico no retornables.
¿Cuál es la tarifa?
Por cada botella plástica gravada con este impuesto, se aplica la tarifa de hasta dos centavos de dólar de los Estados Unidos (USD 0.02). Este valor se devolverá en su totalidad a quien recolecte, entregue y retorne las botellas.
¿Sobre qué se debe pagar?
Para la liquidación del IRBP el contribuyente multiplicará el número de unidades embotelladas o importadas por la correspondiente tarifa.
- En el caso de los embotelladores, declararán hasta el quinto día hábil del mes subsiguiente al que efectuaron las operaciones y deben utilizar el Formulario 114.
- En el caso de los importadores, su liquidación se efectúa en la respectiva declaración de importación.
Controles del SRI:
Mediante el Decreto de la Ley de Urgencia Económica de Creación del Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas no retornables y su actual Reglamento, emitido el 23 de mayo del 2024, se estableció el Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas, el cual es pagado al reciclador base a través de empresas transformadoras recicladoras de material PET, quienes son beneficiarias de la devolución del IRBP.
La Administración Tributaria ha recibido denuncias sobre contribuyentes que presuntamente solicitan la devolución del IRBP de botellas que no han pagado el impuesto, por ello, se realizaron controles al cien por ciento de estas empresas recicladoras transformadoras con el objetivo de verificar que dichas empresas cumplan con los requisitos para acceder a este beneficio.
En los últimos seis meses el SRI realizó la devolución del IRBP por aproximadamente USD 17 millones a las 6 empresas recicladoras transformadoras ubicadas en Quito, Guayaquil y Montecristi, las cuales son las únicas registradas para acceder al beneficio.
Entre los requisitos más importantes está contar con:
- Registro emitido por el Ministerio de Industrias y Productividad (MPCEIP).
- Acuerdo de responsabilidad para la devolución.
- Actas de entrega de recepción de las botellas plásticas con su respectivo registro de pesaje y documentos que soporten el pago.
- Comprobantes de venta o declaraciones aduaneras de exportación del material procesado y vendido.
- Estar al día en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Si las empresas transformadoras recicladoras de material PET no cumplen con los requisitos, la Administración Tributaria suspende por 6 meses el acuerdo que les permite acceder a la devolución del IRBP.
Fuente:
- Servicio de Rentas Internas