Obligaciones Relacionadas con Precios de Transferencia

PRECIOS DE TRANSFERENCIA

Los precios de transferencia son los precios a los que se realizan las transacciones entre empresas relacionadas, como la matriz y la filial, o entre empresas que forman parte del mismo grupo empresarial. El objetivo es asegurarse de que las transacciones se realicen a precios de mercado, para evitar la evasión fiscal a través de un direccionamiento artificial de las operaciones.

Los precios de transferencia buscan evitar que las empresas realicen transacciones con sus partes relacionadas a precios artificialmente bajos o altos para reducir su carga tributaria.

OBLIGACIONES RELACIONADAS CON PRECIOS DE TRANSFERENCIAS HASTA SEPTIEMBRE 

El Servicio de Rentas Internas (SRI) recuerda a los contribuyentes que efectuaron operaciones con partes relacionadas del exterior y/o locales durante el ejercicio fiscal 2023 y anteriores, que están obligados a presentar la siguiente información:
  • Anexo de operaciones con partes relacionadas: aplica únicamente para los contribuyentes que hayan efectuado transacciones con partes relacionadas en montos superiores a los 3 millones de dólares.
  • Informe Integral de Precios de Transferencia y el anexo de operaciones con partes relacionadas: aplica para los contribuyentes que hayan efectuado transacciones con partes relacionadas en montos superiores a los 10 millones de dólares (a partir del año 2023) y 15 millones de dólares (hasta el año 2022).
Para la correcta elaboración y presentación de las obligaciones descritas, los contribuyentes deben verificar los requisitos que se encuentran en los siguientes enlaces de la página web institucional:
  • Ficha técnica Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas – OPR (versión – abril 2024)
  • Ficha Técnica para la Estandarización del Análisis de Precios de Transferencia (versión- mayo 2024 y anteriores)

Así también, el contribuyente debe considerar que la no presentación de cualquiera de estas obligaciones o la presentación incompleta, con errores, inexacta y/o si la información mantiene diferencias con el formulario 101 del impuesto a la renta, tiene una multa máxima de USD 15.000 por cada obligación incumplida que se aplicará tomando en cuenta el esquema de sanciones descrito en la Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000020, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial Nro. 567 del 29 de mayo de 2024.

Finalmente, el SRI estableció en la primera disposición transitoria de la Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000020, que únicamente para las obligaciones del régimen de precios de transferencia correspondientes al ejercicio fiscal 2023, los contribuyentes deberán cumplir con la presentación de las respectivas obligaciones hasta el mes de septiembre de 2024, en las mismas fechas de vencimiento previstas para las declaraciones mensuales de impuestos de cada contribuyente obligado.

Fuente:

  • Servicio de Rentas Internas

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