OBLIGATORIEDAD DE REPORTE DE ACTIVOS MONETARIOS EN EL EXTERIOR
Mediante Resolución N° NAC-DGERCGC17-00000609, publicado en el Suplemento del Registro Oficial N° 148 del 27 de diciembre de 2017, se estableció la obligatoriedad de las personas naturales y sociedades residentes en el Ecuador de reportar al Servicio de Rentas Internas la información respecto a los activos monetarios que mantengan en entidades financieras del exterior, en base al siguiente calendario:
PERÍODO |
FECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN |
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FUENTE:
- Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000566
- Resolución NAC-DGERCGC17-00000609