Reducción del IVA al 8% en Actividades Turísticas

Mediante el Decreto N° 190 se reduce la tarifa general del IVA 8%, la cual corresponde a la prestación de todos los servicios definidos de las actividades turísticas en función del artículo 5 de la Ley de Turismo, con el fin de favorecer a las  personas naturales o sociedades nacionales o extranjeras, a nivel nacional durante el  viernes 29, sábado 30,  domingo 31 de marzo ; días correspondientes al feriado por Semana Santa.
Por otra parte, el Servicio de Rentas Internas realizará todas las acciones necesarias para facilitar lo dispuesto por este Decreto Ejecutivo. No obstante , los establecimientos que presenten dichos servicios definidos como actividades turísticas de conformidad en el artículo 5 de la Ley de Turismo emitirán los respectivos comprobantes de venta de la conciliación en base a la tarifa establecida.
Fuente:
– Servicio de Rentas Internas

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