Reinversión de Utilidades

Condiciones para obtener la rebaja de 10 puntos porcentuales

 

  • Las Sociedades deben efectuar el aumento del capital por el monto de las utilidades reinvertidas.
  • Inscripción de la correspondiente escritura en el Registro Mercantil hasta el 31 de diciembre del ejercicio impositivo posterior a aquel en el que se generaron las utilidades materia de reinversión.
  • Deberán destinar el valor de la reinversión exclusivamente a la adquisición de maquinaria nueva o equipo nuevo y otros indicados en el reglamento
  • En caso de maquinaria nueva y equipo nuevo, el activo debe tener como fin el formar parte de su proceso productivo.
  • Deberán obtener un informe emitido por técnicos especializados en el sector, que no tenga relación directa.
  • La adquisición de bienes deberá efectuarse en el mismo año en el que se registre el aumento de capital.
  • En el caso de bienes importados, estos deberán ser nacionalizados hasta antes de la culminación del siguiente ejercicio económico. La nacionalización implica el pago de los tributos al comercio exterior.
  • La maquinaria o equipo adquirido deberá permanecer entre sus activos en uso al menos 2 años, contados desde la fecha de su adquisición.

 

De no cumplir con alguna de las condiciones señaladas, la sociedad deberá presentar la declaración sustitutiva, en la que constará la correspondiente reliquidación del impuesto a la renta del ejercicio fiscal en el que se aplicó la reducción.

FUENTE:

– Ley de Régimen Tributario Interno

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