Resoluciones del SRI

1.Mediante resolución Nro. NAC-DGERCGC20-00000079 emitida el 23 de diciembre del 2020 resuelve:

Ajustar el valor de precio de venta del fabricante y ex aduana, conforme lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley de Régimen Tributario Interno, para la aplicación de la tarifa ad valorem del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) en bebidas alcohólicas, incluida la cerveza, aplicable para el período fiscal 2021.

Para efectos de determinar la base imponible para el cálculo de la tarifa ad valorem del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) de bebidas alcohólicas, incluida la cerveza, se ajusta el valor del precio de venta del fabricante y ex aduana, conforme lo señalado en el artículo 76 de la Ley de Régimen Tributario Interno, en CUATRO DÓLARES CON VEINTE Y NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 4,29) por litro de bebida para el período fiscal 2021.

2. Mediante resolución NAC-DGERCGC20-00000080 emitida el 23 de diciembre del 2020 resuelve:

Establecer los precios referenciales para el cálculo de la base imponible de Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) de perfumes y aguas de tocador, comercializados a través de la modalidad de venta directa, para el período fiscal 2021, mismos que deberán calcularse por cada producto, incrementando al precio ex aduana (en el caso de bienes importados) y a los costos totales de producción (en el caso de bienes de fabricación nacional), los porcentajes detallados en la siguiente tabla:

En los costos totales de producción de los bienes de fabricación nacional se incluirán materias primas, mano de obra directa y los costos y gastos indirectos de fabricación.

Para efectos del cálculo de la base imponible del ICE, los pagos por concepto de regalías calculados en función de volumen, valor o monto de ventas que no superen el 5% de dichas ventas, no se considerarán costos o gastos de fabricación; en caso de que los pagos por regalías superen dicho porcentaje, el mencionado valor será incorporado a los costos totales de producción.

3. Mediante resolución Nro. NAC-DGERCGC21-00000001 emitida el 03 de enero del 2021 resuelve:

Deróguese la Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000081, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 359 de 29 de diciembre de 2020. Que dice lo siguiente:

En observancia a las garantías constitucionales del debido proceso y el derecho a la defensa; y, al amparo de lo dispuesto en el artículo innumerado a continuación del artículo 86 del Código Tributario, se suspenden los plazos y términos de todos los procesos administrativos tributarios y los plazos de prescripción de la acción de cobro, desde el 02 de enero de 2021 al 17 de enero de 2021, inclusive.

Fuente:

  • Servicio de Rentas Internas

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