DECLARACIÓN Y PAGO DEL ICE EN VENTAS A CRÉDITO

La Resolución No. NAC-DGERCGC18-00000034, publicada por el Servicio de Rentas Internas el 7 de febrero del 2018, en el Suplemento del Registro Oficial No. 182 de 16 febrero 2018, resuelve:

Los sujetos pasivos del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) deben realizar la declaración y el pago del impuesto respecto de las ventas gravadas con el mismo mediante:

Formulario 106 Ventas a crédito de bienes y/o servicios
Formulario 105 Ventas realizadas al contado
Fecha de declaración En el mes subsiguiente de realizadas las ventas, de acuerdo al noveno digito del Registro Único de Contribuyente (RUC)

El mecanismo de declaración y pago será aplicable inclusive para las declaraciones del ICE correspondientes al periodo fiscal enero del 2018.

 

FUENTE:

Resolución No. NAC-DGERCGC18-00000034

http://www.sri.gob.ec/BibliotecaPortlet/descargar/66d75c33-2675-4aeb-8688-c6ca2995f214/NAC-DGERCGC18-00000034.pdf

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