DECLARACIÓN Y PAGO DEL ICE EN VENTAS A CRÉDITO
La Resolución No. NAC-DGERCGC18-00000034, publicada por el Servicio de Rentas Internas el 7 de febrero del 2018, en el Suplemento del Registro Oficial No. 182 de 16 febrero 2018, resuelve:
Los sujetos pasivos del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) deben realizar la declaración y el pago del impuesto respecto de las ventas gravadas con el mismo mediante:
Formulario 106 | Ventas a crédito de bienes y/o servicios |
Formulario 105 | Ventas realizadas al contado |
Fecha de declaración | En el mes subsiguiente de realizadas las ventas, de acuerdo al noveno digito del Registro Único de Contribuyente (RUC) |
El mecanismo de declaración y pago será aplicable inclusive para las declaraciones del ICE correspondientes al periodo fiscal enero del 2018.
FUENTE:
Resolución No. NAC-DGERCGC18-00000034