Eliminación del Subsidio al Diesel para el Sector Atunero

Mediante decreto 20 emitido por la Presidencia de la República con fecha 4 de junio del 2025 se reforma el Reglamento Codificado de Regulación de Precios de Derivados de Hidrocarburos, el sector atunero ya no tendrá subsidio a diésel.

Segmento Naviero Nacional:

Los precios de venta de los derivados de hidrocarburos desde la abastecedora a la comercializadora, serán definidos por cada actor de la cadena de comercialización más los impuestos aplicables y en función a la disponibilidad por producto de la EP Petroecuador. Los precios de venta de los derivados de hidrocarburos desde la comercializadora a las embarcaciones de bandera nacional serán definidos por cada actor de la cadena de comercialización más los impuestos aplicables.

Se establece el precio de venta en terminales de almacenamiento conforme la siguiente tabla:

Disposiciones para el control del combustible:
  • La distribución de diésel subsidiado para buques pesqueros se realizará únicamente en Centros de Distribución y Comercializadoras autorizadas.
  • Cada transacción deberá registrarse electrónicamente, incluyendo el identificador del buque, la cantidad despachada y la fecha.
  • La Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos, la Armada del Ecuador y el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca coordinarán las acciones necesarias para la fiscalización y control del diésel subsidiado.
  • Se establecerán acuerdos con países vecinos (Perú y Colombia) para compartir información y prevenir el desvío transfronterizo de combustible, alineándose con normativas internacionales.

Fuente:

Decreto ejecutivo 20

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