Las 10 dudas más comunes sobre la proyección de gastos personales

1.- ¿Qué se puede deducir dentro del rubro vivienda?

Se puede deducir el pago de arriendo y alícuotas, el impuesto predial, servicios básicos como luz, agua y teléfono fijo. Si está comprando una casa, solo se pueden deducir los gastos de pago de intereses de los préstamos hipotecarios, no de la cuota como tal. Solo se pueden deducir gastos de una sola vivienda.

2.- ¿Dentro del rubro arte y cultura puedo deducir clases de baile o de instrumentos musicales?

Sí se pueden deducir, siempre que en la factura de quien está dando el servicio, conste eso como actividad a la que se dedica el profesor o la entidad que da las clases.

3.- ¿Qué tipo de conciertos se pueden deducir como gastos de arte y cultura?

Cualquier tipo de concierto, de cualquier género musical, se puede deducir como gasto.

 4.- ¿Las entradas al cine se pueden deducir como gastos de arte y cultura?

Sí se pueden deducir, desde el 2018, las artes cinematográficas y audiovisuales constan como actividades deducibles.

 5.- ¿En los gastos de salud puedo deducir las cirugías estéticas?

Estas operaciones sí se pueden considerar en las deducciones de salud siempre que tengan que ver con el bienestar físico. Según la autoridad tributaria, se consideran gastos de salud los realizados para el bienestar físico y mental de las personas. Estas operaciones deben ser realizadas por personas con título profesional del área de la salud.

6.- ¿Los gastos en gimnasio se pueden incluir en la deducción de salud?

Según la normativa del SRI, se consideran deducibles como gastos de salud aquellos destinados a la prevención, por lo que el gasto en gimnasio también se puede contar dentro de los deducibles.

7.- ¿Se considera deducible el gasto en alimentación de las mascotas?

No se puede deducir el gasto de alimento para mascotas, solo los alimentos para consumo humano.

8.- ¿Las pensiones alimenticias se pueden deducir?

Sí se pueden de deducir los gastos por pensión alimenticia, y no solo aquellos montos que se destinan a alimentos, sino aquellos rubros que el padre o madre paguen como pensión para otras áreas como educación, salud, vivienda, vestimenta.

9.- ¿Los suplementos alimenticios y nutricionales se pueden deducir?

Sí, desde el 2012, se pueden incluir todos los gastos relacionados con la adquisición de productos naturales o artificiales que el ser humano necesite para su nutrición.

10.- ¿Se incluye dentro del rubro de vestimenta el lavado de ropa o la reparación de prendas de vestir?

No se incluye ninguno de los dos servicios. Solo se puede deducir la compra de la vestimenta.

Fuente: Servicio de Rentas Internas

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